sábado, 11 de agosto de 2012

Modificación

Con algunas aportaciones modifiqué esta entrada:


Incentivos a I+D

Resolviendo el cómo

Incentivos económicos a la generación de patentes


Hay varios actores que pueden generar patentes y es evidente que no se puede tener los mismos incentivos para todos, por lo que he desglosado por cada tipo de actor. Para todos los casos, la patente debe haber sido desarrollada en territorio nacional:
  1. En caso de tratarse de una empresa del sector privado o investigadores independientes, le serán condonados los impuestos derivados de la investigación y los trámites que conllevó a la generación de la patente. Asimismo, le será condonado el Impuesto a la Renta derivado de la explotación de la patente por 2 años. Si la empresa fue incubada en alguna Incubadora de Negocios de I+D y/o Parque Tecnológico esta última condonación se extenderá hasta 4 años.
  2. En caso de tratarse de una universidad nacional o privada, le será desembolsado el doble del monto usado en la investigación y los trámites que conllevó a la generación de la patente. Asimismo, le será condonado el Impuesto a la Renta derivado de la explotación de la patente por 2 años, si es que lo explota directamente. En caso de vender, ceder, solicitar regalías acerca de los derechos de la patente, serán exonerados los ingresos derivados de estas operaciones por 2 años.
  3. En caso de tratarse de otro tipo de entidad educativa o de un organismo de investigación estatal, le será desembolsado el doble del monto usado en la investigación y los trámites que conllevó a la generación de la patente. Asimismo, serán exonerados de impuestos los ingresos derivados de la venta, cesión, solicitud de regalías acerca de los derechos de la patente.